martes, 23 de septiembre de 2008

DICTAMEN DE CONTRALORIA GENERAL ESTABLECE PROCEDIMIENTO PARA RELIQUIDAR LAS REMUNERACIONES

DADAS LAS PETICIONES DE ALGUNOS FUNCIONARIOS, LA FEMEFUM SE HACE UN DEBER DE PUBLICAR EL DICTAMEN ALUDIDO, PARA CONOCIMIENTO Y LOS FINES QUE SEAN PERTINENTES.


DICTAMEN N° 41.551 Fecha: 3-IX-2008

Las Municipalidades de Talagante, Santiago y Cerrillos, y las Asociaciones de Funcionarios de estas dos últimas entidades edilicias, se han dirigido a este Organismo Fiscalizador solicitando un pronunciamiento en torno a los efectos que tendría el aumento del sueldo base de los funcionarios municipales, dispuesto por el artículo 4° de la ley N° 20.198, publicada el 9 de julio de 2007, en relación con el cálculo de algunas de las asignaciones que se contemplan en el artículo 97 de la ley N° 18.883 y otros rubros que indican y que se determinan sobre la base de dicha renta.

Además, solicitan que se precise si resultan aplicables a los eventuales cambios que se produjeran en esas asignaciones, las restricciones por concepto de gastos en personal contenidas en el artículo 1° de la ley N° 18.294.

Sobre la materia, cumple, señalar, en primer término, que el artículo 4° de la ley N° 20.198, que modifica normas de remuneraciones de los funcionarios municipales, establece que las municipalidades aumentarán, a contar del 1 de enero de 2007 y del 1 de enero de 2008, respectivamente, el sueldo base mensual de la escala de sueldos del personal municipal, establecido en el artículo 23 del decreto ley N` 3.551, de 1980, en los montos que para cada grado y año allí se indican.

Como puede advertirse, la disposición precitada establece el incremento retroactivo del sueldo base mensual del personal municipal -a contar del 1 de enero de 2007-, el que, en tanto constituye base de cálculo de otros emolumentos, conlleva el aumento retroactivo de aquéllos, a la indicada fecha, por el efecto propio de la retroactividad, que no aparece limitado por la norma legal aludida.

Acerca de este punto, se debe precisar que lo recién expuesto resulta plenamente aplicable a los beneficios que constituyen remuneraciones permanentes y habituales, es decir, -acorde con el artículo 5 letra d) de la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo de los Funcionarios Municipales-, aquellas contraprestaciones en dinero que un servidor percibe en razón de su empleo o función, pagadas habitual y permanentemente, por cuanto no se extingue el derecho a tales franquicias por su sola percepción.

Asimismo, y en cuanto al incremento previsional del decreto ley N° 3.501, de 1980, por el cual consulta también la Municipalidad de Santiago, cabe anotar que, atendido que de lo previsto en los artículos 2°, 4° y 5° de ese cuerpo normativo, se desprende que el aludido incremento tiene por finalidad evitar la disminución de los estipendios del trabajador como consecuencia de lo preceptuado en su artículo 1° -que hizo de cargo de los servidores dependientes el pago de las correspondientes cotizaciones previsionales-, ello obliga a concluir que tal objetivo sólo se satisface en la medida que el aumento en la cotización, producto del reajuste dispuesto en el citado artículo 4° de la ley N° 20.198, se vea compensado con el alza proporcional del señalado rubro.

Lo anterior, y por las mismas razones ya anotadas, es aplicable al bono establecido en el artículo 11 de la ley N° 19.803 -cuerpo legal que establece una asignación de mejoramiento de la gestión municipal-, el que debe calcularse en proporción al alza que haya experimentado dicha asignación con motivo del aumento del sueldo base de que se trata.

Ahora bien, tratándose de los emolumentos que tienen la calidad de eventuales o accidentales y las asignaciones afectas a fines determinados, tales como horas extraordinarias cuando no son permanentes, viáticos, asignación por cambio de residencia, aguinaldos etc., la aplicación retroactiva del sueldo base no se extiende a ellos, por cuanto el carácter temporal de los mismos implica que deben entenderse agotados por su sola percepción en las condiciones en que efectivamente se obtuvieron, por lo cual deben pagarse en relación con la remuneración efectivamente percibida al momento en que se devengaron, sin estar sujetos a posteriores variaciones, aunque el sueldo que sirve de base de cálculo de los mismos, se modifique con efecto retroactivo. Así, por lo demás, se ha informado por esta Contraloría General en sus dictámenes N°s 37.863, de 1981 y 34.821, de 1971, entre otros.

En consecuencia, en mérito de lo expuesto, resulta procedente reliquidar las franquicias de carácter habitual y permanente que se calculan sobre el sueldo base, en el período comprendido entre el 1 de enero y el 9 de julio de 2007, fecha de publicación de la ley N° 20.198, tales como la asignación municipal del artículo 24 del decreto ley N° 3.551 de 1980; la asignación de antigüedad de la letra g) del artículo 97 de la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo de los Funcionarios Municipales, bonificaciones de salud y pensiones de los artículos 3° de la ley N° 18.566, 10 y 11 de la ley N° 18.675, bonificación única tributable sustitutiva de la colación y movilización del artículo 4° de la ley N° 18.717, asignaciones de pérdida de caja y de zona, entre otras, así como también el incremento previsional dispuesto en el aludido artículo 2° del decreto ley N° 3.501, de 1980, y la bonificación del artículo 11 de la ley N° 19.803.

En este orden de ideas, y en relación con las eventuales multas, reajustes e intereses que pudieren aplicarse por la declaración y entero tardío de las cotizaciones correspondientes a los montos que corresponde ahora reliquidar, cumple con hacer presente que si bien esta Entidad de Control entiende que dichas cotizaciones deben ser descontadas, declaradas y enteradas en las respectivas instituciones de previsión sólo a contar de la entrada en vigencia de la ley N° 20.198, corresponde a las Superintendencias de Seguridad Social, de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Salud, al Instituto de Normalización Previsional y a la Dirección del Trabajo, respectivamente, pronunciarse sobre el particular, atendido lo dispuesto en los artículos 2° y 3° de la ley N° 17.322; 3°, 38 y 39 de la ley N° 16.395; 19, 93 y 94 del decreto ley N° 3.500, de 1980; 2° y 3° del decreto con fuerza de ley N° 101, de 1980 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y 107, 110, 171, 185 y 186 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud.

Consignado lo anterior, y en cuanto a la restricción al gasto máximo en personal, se debe tener presente que el artículo 5° de la citada ley N° 20.198, previene que las municipalidades que se encuentren excedidas en la restricción del gasto máximo en personal, establecida en el artículo 1° de la ley N° 1 8.294 y en el artículo 67 de la ley N° 18.832, y las que se excedan en virtud de lo dispuesto en esa ley, no estarán obligadas a ajustarse a dicha restricción, "sólo en razón del gasto que irrogue el pago de las prestaciones previstas en la presente ley".

Del tenor del precepto anotado en relación con lo razonado en el presente oficio, fluye que la excepción para ajustarse a las limitaciones indicadas, comprende el incremento del gasto por concepto de sueldo base, como el de todos aquellos beneficios que se calculan en consideración al mismo.

En. consecuencia, la excepción a las limitaciones en gastos de personal indicada es aplicable al mayor gasto de los beneficios contemplados en la ley N° 20.198, tantas veces citada, y a los que deban incrementarse y reliquidarse en virtud del aludido aumento del sueldo base.

Desde ya agradecemos la preocupación de nuestro compañero director nacional señor Luis Cifuentes por la información, entregamos un Saludo Cordial como siempre a todas las Asociaciones que mantienen correspondencia, los municipales en la unidad y organización generan la fuerza,

Atentamente,

COORDINADOR

FEMEFUM.-




martes, 16 de septiembre de 2008

PESE A INTERVENCIÓN ANTISINDICAL DE CHRISTIÁN GORE, ADMINISTRADOR MUNICIPAL, HUECHURABA EN IMPECABLE ACTO ELECCIONARIO DE SUS TRABAJADORES.-


Sr. Raúl Bustos y Sr. Armando Rivera dirigentes de Huechuraba.-

SE INFORMA:

Reprochamos la conducta antisindical una vez más del Sr. Gore, Administrador Municipal de Huechuraba, que siempre ha pretendido intervenir nefastamente en los actos democráticos legítimos de organización de los trabajadores. Este día 15 de septiembre recién pasado se realizó la elección con gran concurrencia de sus trabajadores, entregándose los resultados siguientes:

Candidato Nombre / Preferencias

  • 1.- Raúl Bustos B., con 159.-
  • 2.- Armando Rivera, con 119.-
  • 3.- Manuel Bravo, con 78.-
  • 4.- Fabián Caballero, con 69.-
  • 5.- Lorena Menares, con 62.-
En los próximos días, se reunirán los dirigentes para elegir las representaciones, como legalmente lo establecen los estatutos definiendo la función directiva de cada uno, la que se informará oportunamente.



De: FEMEFUM


A: Estimados
Dirigentes y Trabajador@s
Municipalidad de Huechurab@.-


Felicitamos a todos los trabajadores de Huechuraba, por su organización y participación en tan solemne acto de elección, con la tranquilidad del cumplimiento de elegir a sus dirigentes, y el deber cívico demostrado por todos los funcionarios. Les Deseamos éxito en este nuevo período, con la convicción de que esta nueva etapa será un trabajo lleno de sacrificios, pero que también es importante señalar, que el trabajo se extiende más allá de la Asociación de Huechuraba ya que lo que afecta a un funcionario, sea del municipio que sea, afecta a toda la familia Municipal Chilena.

La Asociación de Huechuraba se ha ganado un espacio más allá de su territorio, la convicción sindical de llevar a sus trabajadores por un camino de reivindicación laboral, les dá el crédito de liderar hoy en el nivel Nacional.
Nuevamente felicitaciones por tener funcionarios y dirigentes de calidad humana, con altura de miras, humildes, ponderados y honestos en el actuar, pero con gran firmeza en la defensa de los trabajadores, calidad que nunca deben perder, todo lo contrario, ser la semilla que haga florecer a nuevos dirigentes que deberán asumiren un futuro el trabajo pendiente de un mayor bienestar económico y social para los Municipales que urgentemente lo necesitan.


Sabemos que la situación actual de los trabajadores municipales es díficil, y debiéramos enmarcarla en un superlativo "muy díficil", porque para los procesos que se avecinan se necesita la voluntad de absolutamente todos los trabajadores en una sola voz, aunque pensemos diferente, el próximo paso sindical, depende de la movilización y del trabajo en conjunto,

A ustedes, como siempre, nos sumamos todos los dirigentes de la Federación Metropolitana de Funcionarios Municipales; Quilicura, Tiltil, Renca Dos, Independencia, Cerro Navia, Cerrillos, Conchalí, Colina, y Recoleta, nuestros parabienes y éxito,

Muy Felices Fiestas Patrias y que disfruten de un buen pie de Cueca,


Por
FEMEFUM
Coordinador.-


jueves, 11 de septiembre de 2008

UNA VEZ MAS CHRISTIAN GORE E. ADMINISTRADOR MUNICIPAL DE HUECHURABA INTERVIENE EN PROCESO DE ELECCION DE DIRIGENTES.-

SE TRANSCRIBE CARTA ASOCIACION:

INTERVENCIÓN ELECTORAL EN ASEMUCH HUECHURABA

El día lunes 15 de septiembre de 2008 se llevará a cabo la renovación del directorio de la Asociación de Funcionarios Municipales de Huechuraba, proceso eleccionario que cuenta con el cumplimiento de todas las normativas legales vigentes, esto es publicación del proceso, requisitos de candidatos y votantes, constitución del Tricel y el nombramiento de dos ministros de fé investidos por la Dirección Regional del Trabajo, sólo por nombrar algunos. Según registro de la secretaría de la Asociación de Funcionarios Municipales, el proceso consta con una inscripción de 11 candidatos para elegir 5 dirigentes, de los cuales 4 son actuales directores en ejercicio de la Asociación de Funcionarios que postulan a su reelección.

El día jueves 11 de septiembre a las 16:30 hrs., los actuales dirigentes hemos tomado conocimiento de un acto grotesco, descarado, ilegal y antidemocrático de intervención electoral por parte del Administrador Municipal de Huechuraba Christian Gore E., funcionario de exclusiva confianza de la Alcaldesa, que a través de una misiva escrita dirigida a los socios de nuestra organización, agravia y denosta a los actuales dirigentes llamando a no votar por ellos, violando con este acto un proceso limpio , transparente y democrático como históricamente han sido los procesos eleccionarios de esta organización sindical. Este grave hecho, a todas luces es constitutivo de delito según los tratados internacionales de la OIT y ratificados por el Estado de Chile, esto es “practicas Antisindicales y Desleales”.

De lo expuesto, esta organización sindical se reserva todos los derechos para iniciar todas las acciones legales pertinentes.

Hacemos un llamado a todos nuestros asociados a no dejarse amedrentar y votar en conciencia.

Por la Asociación de Funcionarios Municipales de Huechuraba

LORENA MENARES MENARES Directora

ARMANDO RIVERA VERGARA Director

SONIA LAGOS VERDUGO Secretaria

FABIÁN CABALLERO VERGARA Tesorero

RAÚL BUSTOS BERRIOS

PRESIDENTE




FEMEFUM SOLIDARIZA CON LOS DIRIGENTES Y TRABAJADORES MUNICIPALES DE HUECHURABA

La Federación Metropolitana de Funcionarios Municipales FEMEFUM, rechaza en forma categórica y absoluta, la intervención del Administrador de la Municipalidad de Huechuraba, representante de la Alcaldesa, en los procesos que deben darse democráticamente y en forma autonóma los propios trabajadores. Esta Federación señala, una vez más, LA IMPORTANCIA DE LA CARRERA FUNCIONARIA, los fundamentos entregados a nuestra Confederación Nacional y al Congreso Nacional, para rechazar la aprobación del artículo 121 que habría otorgado un poder absoluto a los Alcaldes, que hoy se están manifestando en la práctica diaria, de presión psicológica y con la intervención directa de los personajes de confianza de los Alcaldes, motivo suficiente para que los trabajadores estén alerta a la movilización si fuese necesario, la unidad, la organización, la disciplina, la denuncia sin temor de las prácticas antisindicales, son nuestro único camino para frenar la prepotencia de los que se creen dueños de los municipios como el patético señor Gore.

La Razón, la Unidad y la Organización son la única fuerza de los trabajadores para hacer respetar las normas que establecen los derechos y obligaciones de los trabajores, y no otras.


SECRETARIO GENERAL

FEMEFUM



lunes, 8 de septiembre de 2008

CAMPEONATO DE CUECA EN RANCAGUA Y TRAGICO ACCIDENTE





Los lugares obtenidos en la competencia folklórica de nuestro baile nacional de la Cueca quedaron de la siguiente manera:

PAREJAS:
1er. Lugar : Luisa Pérez Rojas y Jaime Díaz Morales
Municipalidad de Marchigue.

2do. Lugar : Clara Mendoza Veloso y Fabián Pino Maureira
Municipalidad de Penco.

3er. Lugar : Rossana Quinteros Sandoval y Cristián Díaz González
Municipalidades de Rengo/San Vicente

Reina del Evento : Roxana Chavéz Aguayo
Municipalidad de Valdivia
Rey del Evento : Marcelo Márdones Rojas Q.E.P.D.
Municipalidad de Talca


Al finalizar la brillante presentación del 8vo Campeonato de Cueca en la ciudad de Rancagua, fallece en un accidente automovilísta, uno de nuestros compañeros Q.E.P.D. Marcelo Mardones Rojas de la ciudad de Talca. Nos deja el recuerdo indeleble de su alegría desbordada y su incansable simpatía durante los 3 días de Folklore.

La Fed. Metropolitana FEMEFUM desea expresar las condolencias a su familia y nuestros sentimientos de pesar a sus compañeros municipales de Talca.




domingo, 7 de septiembre de 2008

FEMEFUM INFORMA A SUS BASES: COMPUTOS FINALES DE LA CENTRAL UNITARIA DE TRABAJADORES CUT-CHILE.-

"Es evidente que el asalariado necesita del sindicato: Si el trabajador quiere tener una participación más justa en los bienes de la tierra dados por el creador para todos los hombres; si quiere completar su libertad política con su libertad económica; si quiere asumir su parte de responsabilidad que le incumbe en la dirección del trabajo, en la reforma de las estructuras ecónomicas de su país y del mundo, no tiene más que un camino: Unirse a sus compañeros de trabajo".

Alberto Hurtado C.


CONSEJEROS ELECTOS

ELECCIONES 2008

ACTA DEL COLEGIO ELECTORAL NACIONAL

DE LA CENTRAL UNITARIA DE TRABAJADORES CON LOS CONSEJEROS ELEGIDOS

En Santiago, siendo las 14:00 de día 3 de Septiembre del 2008, se reúne este Colegio Electoral Nacional de la CUT, CENCUT, e informan los consejeros electos según votación obtenida a nivel nacional

Del 100% de las mesas escrutadas se obtuvieron los siguientes resultados:

El universo de votantes fue de 749.455 Votos de los cuales 26.403 son votos blancos( 3,71%) y 10.734 fueron votos nulos (1,51%).

Los votos validamente emitidos ( descontando blancos y nulos) son 712.317,49 votos lo que dio una cifra repartidora de 15.829,28

LISTA A: POR UNA CUT EN EL CORAZON DE LOS CHILENOS

TOTAL VOTOS LISTA: 17. 073, 72 VOTOS

PORCENTAJE: 2,4% de la votación nacional

CONSEJEROS ELECTOS

1.-

FRANCISCO SEGUEL LEAL

5.634,02 VOTOS

LISTA B: TRABAJADORES AL PODER

TOTAL VOTOS LISTA: 6.325, 44 VOTOS

PORCENTAJE: 0,89 % de la votación nacional

NO ELIJE CONSEJEROS

LISTA C: PARA RECUPERAR LA ESPERANZA, JUSTICIA SOCIAL, NI MAS MENOS

TOTAL VOTOS LISTA : 73.541,01 VOTOS

PORCENTAJE: 10,32% de la votación nacional

CONSEJEROS ELECTOS

1.-

MARIA ROZAS VELASQUEZ

17.436,29 VOTOS

2.-

NOLBERTO DIAZ SANCHEZ

11.993,6 VOTOS

3.-

JEANETTE SOTO FUENTES

8.595,81 VOTOS

4.-

LUIS DESTEFANI SAN MARTIN

8.425,11 VOTOS

5.-

GUILLERMO LEMAITRE SALINAS

7.815,95 VOTOS

SUB-LISTA D: AUTONOMIA SINDICAL, UNA CUT PARA TODOS LOS TRABAJADORES

TOTAL VOTOS LISTA: 311.230,35 VOTOS

PORCENTAJE: 95,85% de la lista

CONSEJEROS ELECTOS

1.-

ARTURO MARTINEZ MOLINA

123.809,47 VOTOS

2.-

JOSE MANUEL DIAZ ZABALA

17.772,05 VOTOS

3.-

VICTOR ULLOA ZAMBRANO

13.554,32 VOTOS

4.-

LUIS FUENTEALBA REYES

12.390,29 VOTOS

5.-

JESSICA CAMUSETT VELIZ

11.210,17 VOTOS

6.-

MANUEL BRAVO MUÑOZ

10.903,31 VOTOS

7.-

JUAN CAMILO BUSTAMENTE

10.237,83 VOTOS

8.-

FRANCISCO LOPEZ IBARRA

8.747,39 VOTOS

9.-

ERICK YAPUR RUIZ

8.428,14 VOTOS

10.-

RENE TABILO ALVAREZ

8.254,40 VOTOS

11.-

SILVIA AGUILAR TORRES

7.896,57 VOTOS

12.-

CIJIFREDO VERA VERA

7.671,51 VOTOS

13.-

ESTEBAN MATURANA DOÑAS

7.483,93 VOTOS

14.-

JOBANA SALINAS ARANCIBIA

7.153,58 VOTOS

15.-

LAURA SAN MARTIN HERNANDEZ

6.257,50 VOTOS

16.-

HORACIO BASTIAS

6.237.73 VOTOS

17.-

JULIO ARAYA OLIVA

6.127,26 VOTOS

18.-

JOSE SANDOVAL PINO

5.894,42 VOTOS

19.-

HUGO ALLAN DIAZ

5.701,12 VOTOS

20.-

NORIS QUEZADA CONCHA

5.688,67 VOTOS

21.-

ANA MARIA MUÑOZ CACERES

4.667,13 VOTOS

SUBLISTA D: AUTONOMIA SINDICAL

TOTAL SUB-VOTOS LISTA: 13.444,42

PORCENTAJE: 4,14% de la lista

NO ELIGE CONSEJEROS

TOTAL LISTA D: 324.674,77 votos

PORCENTAJE: 45,58% de la votación Nacional



LISTA E: MAS LUCHA, MAS UNIDAD

TOTAL VOTOS LISTA: 247.078,04 VOTOS

PORCENTAJE: 34.69% de la votación Nacional

1.

CRISTIAN CUEVAS ZAMBRANO

39.761,64 VOTOS

2.-

JAIME GAJARDO ORELLANA

23.500,21 VOTOS

3.-

GUILLERMO SALINAS VARGAS

15.230,0 VOTOS

4.-

JOSE HERMOSILLA RAMIREZ

14.246,08 VOTOS

5.-

CLAUDIO GONZALEZ JARA

14.236,24 VOTOS

6.-

JORGE GONZALEZ CASTILLO

12.616,67 VOTOS

7.-

JOSE FIGUEROA JORQUERA

10.727,71 VOTOS

8.-

DINA OLGUIN BERMUDEZ

10.704,19 VOTOS

9.-

JUAN MENESES CAMPO

10.688,09 VOTOS

10.-

EUGENIO VALENZUELA ARRIAGADA

10.661,50 VOTOS

11.-

RICARDO CASAS MAYORGA

10.658,49 VOTOS

12.-

DANIEL MORAGA VILLALOBOS

10.559,76 VOTOS

13.-

MARCOS CANALES HUENCHUAN

10.501,47 VOTOS

14.-

ANGELA RIFO CASTILLO

10.390,84 VOTOS

15.-

GUILLERMO SCHERPING VILLEGAS

10.176,35 VOTOS

16.-

MARIA PUELMA ALFARO

10.065,94 VOTOS

SUBLISTA F : CONVERGENCIA SINDICAL

TOTAL VOTOS LISTA: 31.023,3 VOTOS

PORCENTAJE: 79,3% de la lista

CONSEJEROS ELEGIDOS

1.

DARIO VASQUEZ SALAZAR

8.074,58 VOTOS

2.-

ETIEL MORAGA CONTRERAS

7.259,95 VOTOS

SUBLISTA F : CORRIENTE SINDICAL CLASISTA

TOTAL VOTOA LISTA: 8.107,23 VOTOS

PORCENTAJE: 20,7% de la lista

NO ELIGE CONSEJEROS

LISTA F: POR LA UNIDAD Y AUTONOMIA DE LA CLASE TRABAJADORA

TOTAL VOTOS LISTA: 39.130,53

PORCENTAJE: 5,49% de la votación nacional

LISTA G: ALIANZA DEMOCRATICA PROGRESISTA

TOTAL VOTOS LISTA: 4.493,97

PORCENTAJE: 063% de la votación nacional

NO ELIGE CONSEJEROS

COLEGIO ELECTORAL NACIONAL


SERGIO VERGARA MORALES

PRESIDENTE

MIGUEL SANTANA HIDALGO

SECRETARIO



martes, 2 de septiembre de 2008

ASEMUCH EN LA CUT: SEGUNDO COMPUTO ELECTORAL INFORMACIÓN

En la ciudad de Santiago, con fecha 30 de agosto de 2008 a las 10:00 horas el Colegio Electoral Nacional de la Central Unitaria de Trabajadores de Chile comunica a la opinión pública nacional y a todas las organizaciones afiliadas que su Segundo Cómputo de la Elección realizada en el día jueves, con un total de 47 mesas escrutadas, equivalentes a 431.592 electores lo que corresponde a un 85% del total, entrega los siguientes resultados:

Lista A “Por una CUT en el corazón de los chilenos”: 2,32%.

Lista B “Trabajadores al poder”: 1,02%

Lista C “Para recuperar la esperanza: justicia social ni más ni menos”: 11,21%

Lista D “Autonomía sindical: una CUT para los trabajadores”: 44,70%

Lista E “Más lucha, más unidad”: 35,42%

Lista F “Por la unidad y autonomía de la clase trabajadora”: 4,54%

Lista G “Alianza democrática progresista”: 0,79%

Siendo el candidato más votado con 123 mil preferencias, Arturo Martínez, LISTA D.

El CEN quiere observar que el resultado que se presenta, por la complejidad del sistema electoral ponderado de la CUT está sujeto a variaciones y a la hora actual se continúa en el proceso de recepción, acopio y sistematización de actas provenientes de todo el país.

COLEGIO ELECTORAL NACIONAL

CENTRAL UNITARIA DE TRABAJADORES “CUT”




 
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