ALCALDESA DE ANTOFAGASTA PAGARÁ DICTÁMEN 8.466.-
En plena inauguración la Alcaldesa de la I. Municipalidad de Antofagasta confirmó que el día jueves 30 del presente se pagará los dineros correspondientes al Dictámen 8.466
30 julio 2009
Una gran sorpresa se llevaron los asistentes al primer día del IX Congreso Nacional de Municipalidades, que se está desarrollando en la Ciudad Nortina de Antofagasta, ya que la alcaldesa, Sra. Marcela Hernando P. afirmó que el jueves 30 de julio de 2009, se hará efectivo el pago de las remuneraciones para todos los funcionarios municipales de Antofagasta, en base al Dictamen Nº 8.466 de 22.02.08, de la Contraloría, en terminos que el incremento previsional establecido en el art. 2º del D.L. Nº 3.501 de 1980, es aplicable al total de las remuneraciones que se perciben como retribución por el desempeño de un cargo público.
Para el Presidente de ASEMUCH, Oscar Yáñez, "Esto es un buena señal para el resto de los ediles presentes en este Congreso, sienta un precedente y eso lo valoramos como organización. Durante los últimos meses hemos venido dando una dura batalla por lograr que los alcaldes paguen este bono retroactivo, y lo que ha pasado hoy en Antofagasta nos reafirma que estamos por el buen camino", afirmó el máximo dirigente sindical del mundo municipal.
Comunicaciones
DESDE 1981 QUE NO SE CANCELA CORRECTAMENTE BONO COMPENSATORIO
240 funcionarios demandan pago a la municipalidad - Según el Decreto 3.501 cada funcionario municipal debiera recibir el 21,5 % de incremento compensatorio de acuerdo a su sueldo imponible, sin embargo, desde 1981 que el municipio lo está pagando sobre el sueldo base.
Por Pía Toro M. ptoro@laprensaaustral.cl
Un nuevo y gran problema enfrenta la Municipalidad de Punta Arenas por estos días. Esto porque el miércoles pasado el alcalde Vladimiro Mimica fue notificado de una demanda presentada por 240 funcionarios, quienes reclaman el pago de la diferencia de un bono compensatorio, que desde 1981 se está cancelando sobre el sueldo base y que según ellos debería ser por el sueldo imponible. Esta demanda de los funcionarios de la municipalidad se realiza en base a que en noviembre de 1980 se promulgó el Decreto de Ley 3.501, el que indica en su artículo 4º, entre otras cosas, que “los incrementos de remuneraciones sólo deberá producir como efecto mantener el monto líquido de las remuneraciones, beneficios y prestaciones”. En este sentido, en el reglamento de dicho artículo dice que estas remuneraciones corresponden a “sueldos fijos pagados por períodos iguales predeterminado”, los cuales deberían haberse visto reflejados desde el 28 de febrero de 1981. De esta misma forma, el documento se refiere a que si esta remuneración es en parte variable se debe determinar el tope imponible que servirá de base del incremento. Desde que se promulgó el decreto que ordenaba pagar un incremento mensual de 21,5% a los funcionarios y un 20 por ciento a los auxiliares, que la Municipalidad de Punta Arenas les está cancelando sobre el cálculo del sueldo base, sin tomar en cuenta las asignaciones y lo que señala la ley, que el pago se debe efectuar en base al sueldo imponible. Es esa diferencia que hoy reclaman los funcionarios, y que según su abogado, Guillermo Soto, debería oscilar entre los 50 y 150 mil pesos mensuales por funcionario, dependiendo los años de servicio. Es decir, hay funcionarios que se encuentran trabajando en el municipio antes de que se promulgara la ley, por lo que podrían recibir millones de pesos. Sin embargo, aún no se tiene un monto establecido, ya que se tiene que calcular el caso de los 240 funcionarios demandantes.
FUNCIONARIOS RECLAMAN DIFERENCIAS
Hace un tiempo los funcionarios demandantes realizaron la consulta a la Contraloría General de la República, para clarificar el pago del incremento compensatorio.
En su respuesta el ente contralor señala que “el incremento previsional dispuesto por el Decreto de Ley 3.501 no se calcula como lo entiende el recurrente en relación con la asignación particular, sino que sobre el total de las que percibe como retribución por el desempeño a su cargo público”. Y a Reglón siguiente indica que “el objetivo del aludido incremento es el de mantener el monto líquido de las remuneraciones que perciben los funcionarios, evitando la disminución que les afectaría a causa del aumento de cotizaciones que pasaron a ser de cargo del trabajador”. Según Guillermo Soto, el monto de la demanda aún no está establecido, pero dijo que “es una cifra millonaria, ya que la municipalidad ha procedido a calcular mal estos bonos compensatorios”.
MUNICIPALIDAD RECONOCE ERROR
Rodrigo Gatica es el director de la asesoría jurídica de la Municipalidad de Punta Arenas. Según él, reconoce que existe una diferencia en el pago del incremento compensatorio. “Ellos apelan que se les debería pagar una suma mayor a lo que se les está pagando actualmente. Vamos a analizar caso a caso, porque hay funcionarios que entraron hace dos años y otros que están hace mucho tiempo”, dijo Gatica. Frente al pago del bono compensatorio, el asesor jurídico de la municipalidad señaló que hasta el momento a los funcionarios se les ha cancelado sobre el sueldo base. “Nosotros creemos que hay razón en cuanto al cálculo (realizado por los funcionarios). La diferencia va a radicar en el período por el cual se estaba pagando”, señaló.
En abril, la municipalidad realizó la misma consulta, que realizaron los funcionarios, a la Contraloría. “Hicimos la consulta planteando la postura que debe ser respecto a todas las asignaciones imponibles y estamos a la espera que la Contraloría de cómo actuar”, manifestó Gatica. En este sentido, el asesor municipal señaló que si se estima que corresponde aplicarlo en cuanto al sueldo imponible, se evaluará caso a caso respecto a la diferencia que le corresponde a cada uno y la manera en que se va a pagar, porque van a ser sumas grandes”, aseveró. Además explicó que el pago de la diferencia va a depender de las remuneraciones, del grado y de los años de cada funcionario. Por ahora, el municipio continuará con el juicio ordinario que está radicado en el Segundo Juzgado de Letras, donde tienen 20 días para responder la demanda.
Fuente: La Prensa Austral © Edición Internet
fueron electos los siguientes funcionarios:
Sr. Hugo Barahona Riquelme Secretario
Sra. Eliana Molina Gálvez Directora
Sr. David Barrera Molina Director
ESTA FEDERACION LES DA LA BIENVENIDA Y LAS FELICITACIONES POR EL GRAN DESAFÍO QUE LES ESPERA, FUERZA, ORGANIZACIÓN SON LAS CLAVES DEL EXITO, EN CONJUNTO CON EL APORTE DE SUS ASOCIADOS PARA DESARROLLAR LAS ACTIVIDADES Y FORTALECER EL TRABAJO SINDICAL SIN TREGUA.
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