domingo, 27 de febrero de 2011

ESTA CARO EL TRANSPORTE....!

Está caro el transporte…!  
COMENTARIOS DE UN AMIGO EN FRANCIA...!

Escribe Luis Casado – 24/02/2011

Hace unos días me referí al desastre del Transantiago, afirmando que, -aparte ser uno de los más malos-, es uno de los sistemas de transporte más caros del mundo. Un lector me sugirió dar ejemplos, para no hacer como los “expertos” de La Tercera y El Mercurio que dicen cualquier burrada impunemente porque nadie verifica.
Como ayer llegué a París, ciudad en la que el transporte es caro… tomaré este ejemplo. Además trabajé aquí durante decenios y fui usuario regular de los transportes públicos. Mejor aún, como soy especialista del sector, contribuí modestamente a su modernización con mi trabajo. Veamos pues las tarifas parisinas.

Cualquier usuario puede acceder a un Abono Mensual. Este, que fue mundialmente conocido bajo el apelativo de “Tarjeta Naranja” (Carte Orange) es el título de transporte más utilizado y el que más viajes genera. El abono mensual permite utilizar todos los modos de transporte en un radio de unos 100 kilómetros: Metro, RER (metro express regional), autobuses, tranvías y tren.
Existen seis zonas tarifarias concéntricas que cubren un territorio que alberga a unos 12 millones de habitantes, la inmensa mayoría de los cuales vive en las tres primeras zonas a contar de Paris intramuros (zona 1). Con esto quiero decir que el Abono Mensual de tres zonas (1-2-3) es el que cubre la mayoría de las necesidades de transporte de la población, en volumen. En esas tres zonas tienes la posibilidad de utilizar el Metro, el RER, los autobuses, los tranvías, y los trenes. Uno de mis primeros laburos parisinos me obligaba a un desplazamiento de cuatro viajes a la ida, y otros tantos al regreso (tren, RER, Metro, autobús).

Ese Abono Mensual del que te cuento, para tres zonas, válido todos los días del mes, 24 horas sobre 24, incluyendo sábados, domingos y festivos, cuesta la friolera de 78,20 euros, o sea 51.145 pesos. De los cuales, si tienes un empleo, tu empresa debe rembolsarte la mitad. Digamos pues que para un atorrante que se gana la vida trabajando, el transporte le cuesta 25.573 pesos al mes. Con ese billete puede realizar un número ilimitado de viajes en todos los modos de transporte. Estadísticamente cada abono efectúa unos 100 desplazamientos mensuales, cada uno de los cuales necesita de dos o más viajes en uno o más modos de transporte. De modo que un abonado hace unos 220 viajes mensuales, cada uno de los cuales le cuesta la enorme suma de 116 pesos. ¿Estamos?
Tu Abono Mensual no te permite ir solo al laburo: después del trabajo puedes ir al cine, o al estadio, o a visitar a tu familia, o a pasear en un parque, o a lo que te de la gana. Lo mismo sábados, domingos y festivos. Tu Abono Mensual es tu garantía de movilidad urbana.

¿Y si no tengo laburo, te preguntas tú? No tengo quien me rembolse el 50% de mi Abono Mensual y en ese caso me tengo que ir a pie… Justamente, no. No te tienes que ir a pie. Porque en ese caso entras en una categoría de usuario que tiene gratuidad total, para las seis zonas, con un número de viajes ilimitado, todos los días, en todos los modos de transporte. Porque tienes que buscar trabajo, ¡boludo! En el peor de los casos entras en la categoría que tiene rebajas del 50 al 75%, y puede comprar el Abono Solidaridad Transporte. Si no sabes lo que es la “Solidaridad”, busca en el diccionario.
Como el salario mínimo bruto (SMIC) está en 1.365 euros (para un horario de 35 horas semanales), puedes deducir que al atorrante que gana el mínimo el transporte le cuesta un 2,86% de su salario.
En Santiago, usando solo los autobuses, y haciendo solo dos viajes al día, de lunes a viernes, a 540 pesos cada uno, el transporte mensual del currante le cuesta 23.760 pesos, lo que equivale a un 13,81% del salario mínimo bruto (172.000 pesos). ¿Ves la diferencia?

Si a esto le agregas que en Francia la salud y la educación son gratuitas para el currante y su familia… ya lo tienes claro.
A estas alturas percibes claramente que te las están viendo… y en un recurso desesperado por no pasar por un cretino te preguntas ¿Y quién paga, Ah? Simple: la actividad productiva. Esa en la que trabajamos todos y genera una torta nacional. La cual, bien distribuida da para pagar la salud, la educación, los transportes y muchas cosas más.
Pero pasa que en Chile la torta se la llevan, -toda-, los empresarios. Un puñadito de grandes empresarios. Y no queda ni para tu pijotero salario de mierda. Eso pasa. Por eso pagas todo, caro y malo. ¿Capisci?
(fuente: Provincia Virtual)



La tributación minera regional. Ahora le toca al norte.

Antes y después de la modificación del mal llamado royalty, se sostuvo por políticos y “expertos”, que gracias a la invariabilidad tributaria no existía ninguna rendija para modificar la tributación a la minería. Esto no tiene ningún sustento jurídico,  y es solamente una manipulación más de la prensa al servicio del lobby del cobre, que solo persigue la desmovilización ante cualquiera reivindicación de mayores tributos a la minería.

Los alcances de la actual invariabilidad tributaria fueron establecidos por la Ley 20.026 del año 2005 (el “royalty” de Lagos), que al mismo tiempo que creó el Impuesto Específico a la Minería de 4% sobre las utilidades, otorgó una nueva invariabilidad tributaria hasta el año 2017, que concierne únicamente: a) el propio impuesto específico a la minería, b) las patentes mineras, c) y el eventual establecimiento de una verdadera regalía minera. Esto quiere decir que la invariabilidad está perfectamente acotada y no rige para el impuesto a la renta, ya sea el de primera categoría o el adicional o global complementario, y lo más importante para lo que queremos destacar en esta oportunidad, esta invariabilidad tampoco impide que se pueda establecer un tributo regional minero.

La tributación regional no fue incluida el año 2005 en la invariabilidad tributaria de la Ley 20.026, seguramente porque las mineras transnacionales tenían plena confianza que ningún futuro gobierno se atrevería a legislar sobre este tipo de tributo. Las transnacionales mineras quizás tenían razón, porque jamás un gobierno de la Concertación se atrevió a poner siquiera el tema en discusión, y es aún menos factible que un gobierno de derecha saque este tributo del anonimato. El hecho es que ahora, gracias a la excesiva confianza del lobby del cobre sobre los gobiernos chilenos, un eventual tributo regional minero no fue incluido en la invariabilidad tributaria, y por esta razón, en la actualidad no existe ningún impedimento jurídico al establecimiento de un tributo regional minero, por las siguientes razones:

1.- Desde un punto de vista contractual o legal, no existe ningún impedimento para establecer un tributo con clara identificación regional.

2.- Este tipo de tributo está expresamente autorizado por la Constitución, que en el N° 20 del art. 19 autoriza que se grave actividades con una clara identificación regional, como lo es la minería en las Regiones de Tarapacá, Antofagasta, Atacama u otras regiones mineras.

3.- Y en tercer lugar, este tipo de tributo ya existe en nuestra legislación, ya que la Ley 19.275, de 1993, estableció un tributo para el Fondo de Desarrollo Regional de la Región de Magallanes y la Antártica, en base a la explotación de gas y petróleo en dicha región, tributo que está dirigido exclusivamente a la Región de Magallanes y la Antártica chilena.

Como hemos visto, desde el punto de vista del derecho no existe nada que se oponga al establecimiento de un tributo regional minero, pero por otro lado, existe un poderoso lobby de las mineras, que ha impedido y con mucho éxito que incluso se conozca que se puede establecer este tipo de tributo. Durante décadas han logrado mantener en el anonimato la norma constitucional que autoriza este tributo, y es ese lobby que, desde 1990, ha forzado y conseguido la falta de voluntad política de todos los gobiernos que ha tenido nuestro país, para que se establezca una tributación regional como la que se estableció la Ley 11.828, y que fue derogada en 1976. Las fuerzas del lobby minero son tan poderosas, que aprovechándose de las necesidades de la Reconstrucción, lograron que el gobierno de Piñera les prorrogara la invariabilidad tributaria hasta el año 2024, con el apoyo de una gran parte de la Concertación.

Pero ello no quiere decir que el lobby minero sea invencible, puesto que ya ha sido derrotado en dos ocasiones. Primeramente, fue derrotado el año 2000, cuando el Tribunal Constitucional dejó prácticamente inaplicable el Tratado Minero con Argentina, al impedir que los minerales de la Cordillera Argentina pudieran tener salida por puertos chilenos. Nuevamente el lobby minero volvió a ser derrotado el año 2005, cuando se legisló sobre el royalty o impuesto específico a la minería. Si bien es cierto este impuesto fue mínimo, apenas 4% sobre las utilidades, el hecho importante, y que constituye otra derrota de las mineras, es que se legisló sobre un tema que estaba absolutamente oculto y vedado por el lobby minero. Hasta ese año, incluso el concepto de regalía minera o royalty era desconocido para el 99% de los chilenos.

Esto nos deja como experiencia que el lobby minero no es invencible, y que un tributo con clara identificación regional puede ver la luz en Chile, si las regiones mineras toman conciencia que no existe ningún  impedimento legal o constitucional para su establecimiento, y logran movilizar a la población en pos de este objetivo. Magallanes es el ejemplo más patente que nuestro pueblo todavía tiene capacidades de movilización por causas justas y concretas, y el establecimiento de un tributo a las mineras, en beneficio exclusivo de las regiones mineras, es una causa justa, que sólo necesita de la movilización de la población de las regiones mineras. ¡Ahora le toca al norte!
 (Fuente: Provincia Virtual)
Julián Alcayaga O.
Economista


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